Zona Libre de Colon. Una Ventana Abierta al Comercio Internacional

Por Mgtrs. Guillermo A. Vargas G.
Contador Pùblico Autorizado. Socio vitalicio del Colegio de Contadores Publicos Autorizados de Panama. Miembro de la Comision de Administraciòn y Finanzas-AIC

Escogí este tema por que ha cobrado mucho auge y vigencia, frente a los acontecimientos que ha nivel de la región se están dando y en la necesidad de los servicios logísticos que se requieren a nivel internacional, y que la tecnología ha abierto cada vez mas las puertas para el comercio mundial.

He tenido la oportunidad a lo largo de mi carrera profesional en el área contable, financiera, administrativa y fiscal,  de laborar y auditar, por más de 25 años,  empresas que realizan sus operaciones en la Zona Libre de Colón, lo cual me ha permitido ver desde adentro y desde afuera, como ha venido evolucionando la Zona Libre de Colón, en momentos de mucha auge, como fue durante  la década de los años 1900 al 2010, y posteriormente, en momentos en que el comercio mundial y regional, hizo crisis en las operaciones desde y hacia la Zona Libre de Colón,  hasta la actualidad.

RESEÑA HISTORICA:

Desde su fundación en el año 1948, la Zona Libre de Colón se ha convertido en un polo de desarrollo para Panamá, y principalmente para la Provincia de Colón, la cual se encuentra a solo una hora, de la ciudad Capital de Panamá, lo que se refleja en el producto interno bruto de la nación, como un actor importante en el crecimiento económico de todo el país.

Desde la Zona Libre de Colón, en general se opera y manipula toda clase de mercaderías, productos, materias primas, envases y demás efectos de comercio, con la única excepción de los artículos que sean prohibida o restringida importación, de acuerdo con las leyes panameñas, y sujeta a los acuerdos internacionales de comercio exterior.

La Zona Libre de Colón (ZOLICOL) es una zona franca que cuenta con más de 70 años de experiencia en el comercio mundial, es la zona más grande del continente americano y el principal centro de contenedores de América Latina.

Enfocado como centro de distribución regional, ofrece una plataforma logística integrada por puertos de clase mundial, ferrocarril, autopista y aeropuerto. Mantiene la mejor conexión a Centroamérica y el pacto Andino, ideal para establecer y potenciar negocios de importación y reexportación a la región.

Con 1,065.5 hectáreas, localizada en la costa caribeña de Panamá en la provincia de Colón cerca del Canal de Panamá recientemente ampliado y operan alrededor de 2,000 empresas de diferentes países.

Esta zona tiene como objetivo promover e incentivar el comercio exterior, alcanzando una disminución en el precio de los productos extranjeros a la industria nacional y al consumo de las regiones a las cuales extendemos nuestros beneficios.  Por esto, cuentan con un régimen de exenciones tributarias y aduaneras, gracias a los cuales las personas, empresas e instituciones pueden acceder.

Prestar servicios relacionados con la aviación y los aeropuertos, incluyendo el manejo y almacenamiento de carga en general, así como servicios y actividades relacionadas, como la reparación y el mantenimiento.

Permitir o autorizar toda clase de operaciones, transacciones, negociaciones y actividades propias o incidentales, al establecimiento y funcionamiento de Áreas de Libre Comercio Internacional.

  Permitir a terceros, actividades incidentales para la Zona Libre de Colón como banca, seguros, agencias de viajes, servicios de telefonía, correduría de aduanas y de verificación o inspección de carga, así como transporte colectivo y de carga dentro de la Zona Libre de Colón.

BENEFICIOS Y REQUERIMIENTOS PARA OPERAR DESDE LA ZONA LIBRE DE COLON: 

  • Exención de impuestos sobre las importaciones, reexportaciones y manufactura de bienes.
  • Exención de impuestos sobre los ingresos de reexportación
  • Exención de impuestos sobre la facturación
  • Exención de impuestos sobre impuestos nacionales y provinciales
  • El uso del dólar de los Estados Unidos de América como moneda de curso legal
  • Bajos costos en el alquiler de tierras, edificios u otros espacios

Se permite el establecimiento de empresas con Licencia de Sedes de Empresas multinacionales (SEM), Empresas Multinacionales para la prestación de servicios relacionados a la Manufactura (EMMA) o aquellas autorizadas para operar bajo el régimen especial de Ciudad del Saber o de Call Centers para uso comercial.

  • Se permite el establecimiento de Centros de Educación Superior y Centros de Investigación Científica.
  • Operaciones comerciales automatizadas.
  • Facilidades migratorias a ejecutivos extranjeros
  • Sistema de seguridad digitalizada
  • Una red financiera de un gran número de bancos nacionales e internacionales
  • Oficina de propiedad intelectual y blanqueo de capitales
  • Venta internacional a través del comercio electrónico
  • Institución certificada bajo la norma ISO 9001
  • Toda empresa o persona que desee establecerse en ZOLICOL, lo puede hacer bajo uno o más de las siguientes modalidades:
  • Contrato de arrendamiento de lote o local.
  • Contrato de permiso de operación
  • Convenio de representación, suscribiéndolo por medio de una empresa ya establecida en ZOLICOL.

MODERNIZACIÓN DE LA ZONA LIBRE DE COLON:

Para muchos, la Zona Libre de Colón ha dejado de ser competitiva, frente a otras Zonas Francas, no solo a nivel de Panamá, como es la Zona Panamá Pacifico que tiene una ley especial con beneficios igual y mayor a los de ZOLICOL.

Por tal razón, se encuentra debatiendo en segundo debate, en la Asamblea Legislativa, al momento de escribir estas líneas, el proyecto 620, que moderniza a ZOLICOL, para recobrar esa competitividad frente a otras Zonas Libres tanto en Panamá, como en otros países del área

Los principales cambios presentados entre otros son los siguientes:

  • Prestación de servicios de centros de captura, procesamiento, almacenamiento, comunicación, transmisión y retransmisión de datos e información digital; el enlace de señales de radio, televisión, audio, video y/o datos; la investigación y el desarrollo de aplicaciones digítales para uso de redes Intranet e Internet.
  • La prestación de servicios relacionados con la ejecución de la industria cinematográfica, incluyendo el desarrollo de áreas para producciones.
  • La prestación de servicios asociados a la manufactura y reconversión de productos, incluyendo fabricación y reparación de componentes y piezas para desarrollo de productos.
  • La prestación de servicios relacionados con la aviación y los aeropuertos, naves y puertos, incluyendo el transporte, manejó, y almacenamiento y abastecimiento de carga y mercancía en general, la conversión y reconversión y manufactura de partes y/o piezas de aeronaves, naves y puertos ya sea para importación al territorio fiscal, su exportación o la enajenación o traspaso entre las empresas de Zona Libre o a otras empresas establecidas en otras Zonas Libres o áreas económicas especiales. Así mismo las actividades de procesamiento, fabricación, ensamblaje o manufactura de productos, componentes y partes en las cuales se utilicen procesos de alta tecnología.
  • La manufactura de productos, componentes y partes de alta tecnología ya sea para su importación al territorio fiscal, su exportación o enajenación.
  • Los usuarios de la Zona Libre de Colón, gozarán de la exención del impuesto sobre la renta sobre los ingresos derivados de las actividades señaladas anteriormente, siempre y cuando las rentas se produzcan fuera del territorio nacional.
  • Los usuarios de Zolicol estarán exentos del impuesto sobre la Transferencia de Bienes corporales Muebles y la Prestación de Servicios (ITBMS) por los servicios que presten a personas naturales o jurídicas establecidas dentro o fuera de la República de Panamá, incluyendo los servicios que se presten entre sí.
  • Los servicios que reciban los usuarios de ZOLICOL salvo por las excepciones que establezca la ley fiscal.

Se adicionan beneficios adicionales a los ya establecidos en artículos anteriores de este proyecto 620 Así:

  • Exoneración del Impuesto de timbres.
  • Exoneración sobre las mejoras comerciales e industriales, del impuesto de inmuebles sobre el terreno y las mejoras, así como del impuesto de transferencia de Bienes Inmuebles (ITBMS).
  • Exoneración del pago de la sobretasa del Fondo de Compensación de Intereses Especiales (FECI) a los préstamos concedidos para financiar operaciones en el exterior.
  • Exoneración del pago del Impuesto Complementario sobre las utilidades generadas indistintamente de la actividad que se desarrolle, con excepción a los servicios logísticos y multimodales que no generen ninguna transformación los que pagarán el impuesto a razón del 2% sobre la utilidad generada por dichas actividades.
  • Impuesto selectivo al consumo, excluyendo vehículos terrestres que se adquieran al amparo de un beneficio o incentivo otorgado por alguna ley que lo exonere del impuesto de importación.
  • Exoneración del impuesto sobre la enajenación o traspaso de las acciones de empresas usuarias de ZOLICOL, ya sea que se evidencia de manera directa o indirecta, a través de la venta de acciones de compañías que a su vez son propietarias de las acciones de las empresas usuarias de ZOLICOL.
  • exportación y/o reexportación de las mismas.
  • Las empresas gozarán de estabilidad jurídica de las inversiones conforme a la Ley 54 de 1998.
  • Se crea la ventanilla única de trámites dentro de la Zona Libre de Colón para la gestión de los permisos y trámites que se establezcan y estará compuestas por las entidades públicas necesarias para el otorgamiento de dichos permisos y trámites de manera expedita, ágil y eficiente.

En resumen, se establece que todas las mercancías y demás artículos o efectos de comercio que entren en el Área de Libre Comercio Internacional o los servicios prestados dentro de esta según las actividades listadas en la presente ley, están exentos en todo momento del pago de impuestos, gravámenes y demás contribuciones fiscales, nacional, provinciales o de cualquier otro orden, inclusive derechos consulares o de cualquier otra denominación, tanto por la introducción de estos a dichas áreas como por su permanencia dentro de las mismas áreas.

En lo que se refiere a la parte laboral, los principales cambios y adiciones son:

  • El Ministerio de Trabajo y Desarrollo laboral podrá otorgar permisos de trabajo que confieran el derecho a trabajar dentro de ZOLICOL, en una proporción superior al quince por ciento aquí establecido, a favor de especialistas o técnicos extranjeros que deban contratarse con el propósito de dar entrenamiento a trabajadores nacionales que requiera la empresa, debido a la falta de mano de obra calificada panameña, toman en cuenta la legislación vigente sobre el ejercicio de cada profesión.
  • El empleador podrá ubicar rotativamente al trabajador en diversas líneas de producción o trasladarlo de una línea de producción a otra distinta o asignarlo libremente a los distintos departamentos, unidades, o secciones de la empresa o entre distintos establecimientos o centros de trabajo de la misma empresa existentes dentro de ZOLICOL, siempre que la movilidad sea compatible con su posición, y no conlleve disminución de la remuneración o salario.
  • Se considerará como causal especial de terminación de las relaciones de trabajo, la disminución del volumen de ventas u ordenes de compra, o la disminución de la demanda de servicios u otras causas no imputables al empleador, fluctuaciones en la oferta y demanda en los mercados servidos por los empleadores.
  • Cuando existan empresas registradas en más de un régimen o área económica especial, se permitirá la movilidad laboral de sus trabajadores entre los diferentes regímenes o áreas económicas especiales. En estos casos se aplicará la norma más favorable al trabajador.

Lo que se refiere a la parte laboral, además de las descritas en este artículo, en este momento se encuentran consensándose con las partes de los trabajadores, para llegar a los acuerdos que mas beneficien, tanto a la parte trabajadora, como la empresarial, para luego pasar a tercer debate en la Asamblea Legislativa.  Para tal fin, se ha creado una mesa o comisión técnica que esta tratando en detalle estos puntos, con las diferentes organizaciones de trabajadores, civiles y empresariales, y ciudadanos interesados.

Estas estadísticas muestran que hay una franca recuperación de ZOLICOL, y si vemos las cifras preliminares para el 2023, son aun mas alentadoras (10,846,244 millones importaciones y reexportaciones combinadas).

CARACTERISITICAS DE LA CONTABILIDAD EN ZOLICOL:

Dado el tipo de operación que se realiza desde la Zona Libre de Colón, en donde predominan las operaciones exteriores, en donde se factura desde las oficinas establecidas en la Zona Libre, y la mercancía se envía directamente, al cliente en el exterior, (ventas directas) y a que se factura desde Zona Libre y la mercancía llega a los locales establecidos en ZOLICOL (bodegas), la contabilidad o registros contables, requieren que se lleve una separación de los diferentes tipos de operación exterior, ventas directas y operación local, de la mercancía que se liquida al territorio nacional, y que si paga los impuestos de importación correspondientes.  Se manejan y registran los costos y gastos de acuerdo al tipo de operación, y lo que es un requerimiento fiscal, llevar esta segregación, que tiene un efecto importante en la determinación de la renta local, exterior o directa.

Un buen control de la operación en general, con una estricta segregación de los ingresos y gastos en los registros contables, se traduce al final, al presentar anualmente la declaración de impuestos o fiscal, en un ahorro sustancial, sobre todo si la empresa establecida en Zona Libre de Colón, maneja los tres tipos de operación, como es lo más frecuente, ventas exteriores, ventas locales y ventas directas.  El contador se convierte, una vez mas en una persona clave, en la evaluación y registros de la operación, y el mantener un buen sistema financiero contable fiscal, que le facilite a la administración la toma de decisiones.  La tecnología con sistemas modernos de manejo de la información se constituye en elementos indispensables para lograr dicho fin.

Las compañías que operan en la Zona Libre de Colón, de acuerdo con la legislación fiscal panameña, las compañías que operan desde las zonas libres están sujetas a un tratamiento fiscal especial.  Las utilidades generadas por las ventas al territorio panameño (operaciones interiores) estarán sujetas a una tarifa fija de 25% de impuesto sobre la renta, mientras que las utilidades generadas por las ventas de exportación (operaciones exteriores) y las ventas facturadas desde la Zona Libre de Colón, de productos que no entren al territorio de la República de Panamá (operaciones de fuente extranjera), estarán exentas del impuesto sobre la renta.

Por otro lado, las Zonas Libres y Zonas Francas ya fueron alcanzadas por ley, al uso de equipo fiscal o facturación electrónica, como único medio de facturación.  Deben documentar sus operaciones relativas a la venta o transferencia de productos y servicios que realicen hacia territorio fiscal de Panamá y las transacciones que se den entre empresas de las Zonas libres o francas.  A partir de febrero del 2023, y prorrogado a junio del 2023.  Llámese Zona Franca del Barú, Ciudad del Saber, Zonas Francas, Zonas Libre de Petróleo, Sede de Empresas Multinacionales (SEM), Área Económica Especial Panamá Pacífico (AEEPP) y Zona Libre de Colón.

 

CONCLUSIONES:

No hay la menor duda, que con los cambios y adiciones a la ley de Zona Libre de Colón, rescatará la posición, ventajas y beneficios, que una vez tuviera la Zona Libre de Colón, y que la convirtieron hoy por hoy, por su posición geográfica, por la cercanía al Canal de Panamá, y por contar con un Centro Financiero de los más avanzados, y con las nuevas tecnologías y diversidad de actividades autorizadas, que ya se están contemplando en la nueva ley, como la Zona Franca de Comercio Internacional, más pujante en el Continente Americano, y de otras latitudes, que están viendo a ZOLICOL como el mejor Centro Logístico , compitiendo con los mas sofisticados y rentables a nivel mundial.

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