Los instrumentos financieros y su tratamiento en los estados financieros

Leopoldo A. Sánchez Castaños

Miembro de la Comisión de Administración y Finanzas del AIC

lsanchezc1955@gmail.com

 

Introducción

Sobre los instrumentos financieros se podrán decir que se dividen en instrumentos de deuda por ejemplo los bonos e instrumentos de patrimonio por ejemplo las acciones comunes y adicionalmente los derivados que tienen características muy especiales.

En el mundo las dos principales entidades que dan directrices sobre el tratamiento de los instrumentos financieros en los estados financieros son el Financial Accounting Standards Board (FASB) y International Accounting Standards Board (IASB), si bien este artículo se centrará en las directrices del IASB también se dará una breve descripción de lo que establece el FASB.

No se tratará en este artículo sobre activos financieros (instrumentos de patrimonio) donde exista una relación de matriz – subsidiaria es decir donde existe control por parte del inversor o cuando exista control conjunto o influencia significativa.

El Financial Accounting Standards Board

Las directrices del FASB a partir del año 2009 se encuentra en los Accounting Standars Codification (ASC) el cual se encuentra clasificado por temas.

Según el FASB las inversiones se dividen en 1) Inversiones en títulos de deuda (Tema 320), 2) Inversiones en títulos de renta variables (Tema 321), 3) Inversiones: Método de participación y negocios conjuntos (Tema 323), 4) Inversiones – Otros (Tema 325).

Los puntos 3 y 4 están fuera del alcance de este articulo por lo cual solo se hablará de los temas 320 y 321.

Las inversiones en títulos de deuda se clasifican en:

  1. Valores para negociación
  2. Valores disponibles para la venta
  3. Títulos mantenidos hasta su vencimiento

Los valores para negociación se adquieren con la intención de venderlos en un corto tiempo, sin embargo, en el momento de la adquisición una entidad no excluirá un valor de esta clasificación si es que planea mantenerlo por un tiempo más largo. La clasificación de un valor como negociable no debe excluirse simplemente porque la entidad no pretenda venderlo a corto plazo.

Un ejemplo de este tipo de valores sería un bono con vencimiento a cinco años que se tiene la intención de venderlo en el plazo de tres meses después de su adquisición.

Las inversiones en valores disponible para la venta son instrumentos de deuda que no están clasificadas como valores para negociación o como mantenidos hasta su vencimiento.

Un ejemplo de valores disponible para la venta sería un bono con vencimiento a cinco años que se tiene la intención de venderlo en el plazo de tres años después de su adquisición, es decir faltando dos años para su vencimiento.

Las inversiones mantenidas hasta su vencimiento son instrumentos de deuda que la entidad declara que tiene la intención positiva y la capacidad de mantener estos valores hasta su vencimiento.

Un ejemplo de inversiones mantenidas hasta su vencimiento sería un bono con vencimiento a cinco años que se tiene la intención de mantenerlo hasta su vencimiento, es decir no venderlo y redimirlo al quinto año que es su vencimiento.

Los valores para negociación se medirán posteriormente a valores razonables. Las ganancias y pérdidas por tenencia no realizadas se incluirá en el resultado del ejercicio.

Las inversiones en instrumento de deuda clasificadas como valores disponibles para la venta se medirán posteriormente a valor razonable en el estado de situación financiera. Las ganancias y pérdidas por tenencia no realizadas se incluirá en otros resultados integrales hasta que se realicen, excepto cuando dicho instrumento se designe como contabilidad de cobertura a valor razonable en cuyo caso el cambio del valor razonable se imputará a resultado del ejercicio durante el periodo de cobertura.

Las inversiones en instrumento de deuda clasificadas como mantenidas hasta su vencimiento se medirán posteriormente al costo amortizado en el estado de situación financiera. Si este instrumento estuviera en moneda extranjera la diferencia de cambio como regla general se reconocerá en el resultado del ejercicio.  

El tema 321 que trata sobre la inversión en instrumentos de renta variable o dicho de otra forma inversión en instrumentos de patrimonio, el FASB indica que dichas inversiones se medirán posteriormente a valor razonable en el estado de situación financiera. La ganancia o pérdida por tenencia no realizada se imputará a resultado del ejercicio, salvo que sean unos instrumentos de patrimonio con valores razonables no fáciles de determinar.

“Para las inversiones en acciones sin valores razonables fácilmente determinables. A menos que la inversión califique para la alternativa de medición descrita a continuación, las entidades deben reportar las acciones sin valores razonables fácilmente determinables a valor razonable de acuerdo con la ASC 820 e informar todos los cambios subsecuentes en el valor razonable en la utilidad neta. Este enfoque requiere una valoración cuantitativa cada año. En ocasiones, una valoración cuantitativa puede requerir que la entidad contrate a un experto. Reconociendo el tiempo y el costo involucrados en la valoración de cada inversión de capital para cada período de presentación de informes, el FASB proporciona una alternativa práctica: una alternativa de medición.

Alternativas de medida. Las entidades tienen dos alternativas de medición disponibles para las inversiones de capital sin un valor razonable fácilmente determinable:

  1. La alternativa ASC 820 (expediente practico)
  2. La alternativa práctica ASC 321.” (Flood, 2017, p269-270).

La alternativa ASC 820 se refiere al expediente practico que solo es aplicable para ciertas inversiones y la alternativa ASC 321 se refiere a medir dichas inversiones a costo menos deterioro, más o menos los cambios observables en el precio que califiquen.

El expediente practico se refiere a que el valor de la acción se determina dividiendo el activo neto entre el número de acciones.

Para el caso de los pasivos financieros estos se clasifican en pasivos que se llevan al costo amortizado y pasivos que se llevan a valor razonable.

El International Accounting Standards Board

A diferencia del FASB el IASB no hace distinción para efectos de la clasificación de los activos financieros entre instrumentos de deuda e instrumentos de patrimonio si no que toma criterios generales aplicable a los dos tipos de instrumentos.

Los dos criterios centrales para la clasificación de los activos financieros[1] son 1) el modelo de negocio que sigue la entidad y 2) las características de los flujos de efectivo contractuales que generan los activos financieros.

Sobre el modelo de negocio se distinguen tres tipos de modelos que son 1) cuyo objetivo es mantener los activos financieros para obtener los flujos de efectivos contractuales, 2) cuyo objetivo no es mantener los activos financieros si no que el objetivo está más orientado al valor razonable que pudieran obtener dichos activos financieros con el fin de venderlos, y 3) cuyo objetivo se logra obteniendo flujos de efectivo contractuales y vendiendo activos financieros, es decir que tiene un modelo dual que es una combinación de los dos modelos anteriores.

Es necesario comentar que el concepto de flujos de efectivo contractuales está más orientado a instrumentos de deuda pues los instrumentos de patrimonio no tienen flujos contractuales pues los dividendos se pagan solo cuando la junta general de accionistas los acuerda, por lo cual no se podría decir que están contractualmente establecido dichos dividendos.

En referencia a las características de los flujos de efectivo contractuales existen dos tipos de flujos 1) cuyas condiciones contractuales del activo financiero dan lugar, en fechas específica a flujos de efectivo que son únicamente pagos del principal e intereses sobre el importe del principal pendiente, a este tipo de flujos los denomino flujos simples, 2) flujos complejos cuya condiciones contractuales introducen otros elementos como la exposición a los riesgos o volatilidad en los flujos de efectivo contractuales que no está relacionada con un acuerdo básico de un préstamo, tal como la exposición a cambios en los precios de instrumentos de patrimonio o de materias primas cotizadas, estos elementos no dan lugar a flujos de efectivo contractuales que son solo pagos del principal e intereses sobre el importe principal pendiente. Un ejemplo de este tipo de flujos son los bonos convertibles en acciones comunes.

Existen tres grandes categorías de activos financieros que son 1) activo financiero a valor razonable con cambios en el resultado del ejercicio, 2) activos financieros a valor razonable con cambios en el ORI[2], y 3) activo financiero a costo amortizado.

Las dos primeras categorías son activos que se miden inicial y posteriormente al valor razonable con la diferencia que en la primera categoría los cambios del valor razonable impactan en el resultado del ejercicio en cambio la otra categoría los cambios del valor razonable impactan en el ORI.

Los activos financieros a valor razonable con cambios en resultados es la categoría general de los activos financieros, esto quiere decir que un activo financiero como regla general debería estar en esta categoría y que más bien las otras categorías son la excepción a la regla general. En esta categoría existe una subcategoría que se denomina los designados donde la entidad en el reconocimiento inicial hace la elección irrevocable de llevarlos a valor razonable con cambios en resultados si al hacerlo así elimina o reduce significativamente una incongruencia de medición o reconocimiento algunas veces denominada asimetría contable[3]

En la categoría de activos financieros a valor razonable con cambios en el ORI existe dos subcategorías una referente a instrumentos de deuda y la otra referente a instrumentos de patrimonio. Sobre los instrumentos de deuda se indica que están en esta subcategoría si se cumple dos condiciones a) el activo financiero se mantiene dentro de un modelo de negocio cuyo objetivo se logra obteniendo flujos de efectivo contractuales y vendiendo activos financieros, es decir corresponde al modelo de negocio dual descrito párrafos arriba y b) las condiciones contractuales del activo financiero dan lugar, en fechas especificadas, a flujos de efectivo que son únicamente pagos del principal e intereses sobre el importe del principal pendiente, es decir un flujo simple. Si bien la NIIF 9 no expresa de manera explícita que esta hablado de instrumentos de deuda con la segunda condición queda más que claro que así es pues solo los instrumentos de deuda pagan principal e intereses y los instrumentos de patrimonio no. En esta subcategoría se debe calcular la tasa de interés efectiva y con dicha tasa se reconoce los intereses en el resultado del periodo.

La otra subcategoría dentro de la categoría de activos financieros a valor razonable con cambios en el ORI se refiere a instrumentos de patrimonio y para estar en esta subcategoría realmente no se requiere cumplir condiciones del modelo general, sino que la entidad en el reconocimiento inicial, puede realizar una elección irrevocable para presentar en el ORI los cambios posteriores en el valor razonable de una inversión en un instrumento de patrimonio que, estando dentro del alcance de la NIIF 9, no sea mantenida para negociar y tampoco sea una contraprestación contingente reconocida por una adquirente en una combinación de negocios a la que se aplica la NIIF 3. Si no existiera esta elección irrevocable el instrumento de patrimonio estaría dentro de la regla general de activos financieros es decir que estaría en la categoría de a valor razonable con cambios en resultados.

La tercera categoría de activos financieros se refiere al costo amortizado, para estar en esta categoría se requiere a) que el modelo de negocio sea de mantenimiento del activo financiero y b) que los flujos de efectivo contractuales sean simples. En esta categoría se debe calcular la tasa de interés efectiva y con dicha tasa se reconoce los intereses en el resultado del periodo.

En seguida se hablará sobre las categorías de pasivos financieros[4] que existen y cuya regla general es que los pasivos financieros son llevados al costo amortizado.

En los pasivos financieros existen dos categorías de pasivos y cuatro casos especiales de pasivos financieros, las dos categorías de pasivos financieros que existen son 1) pasivos financieros al costo amortizado y 2) pasivo financiero a valor razonable.

En la categoría de costo amortizado van todos pasivos que no están en la categoría de al valor razonable o en los cuatro casos especiales de pasivos financieros, en esta categoría se debe calcular la tasa de interés efectiva y con dicha tasa se reconoce los intereses en el resultado del periodo.

En la categoría de pasivos a valor razonable están los pasivos negociables que incluye los derivados en los cuales todo el cambio del valor razonable se imputa a resultado del ejercicio, pero también están los pasivos designados al valor razonables[5] de los cuales una parte del cambio del valor razonable se imputa a resultado del ejercicio[6] y la otra parte del cambio del valor razonable se imputa al ORI.  

Los pasivos designados a valor razonable es una opción que la entidad puede elegir de manera irrevocable en el reconocimiento inicial del pasivo cuando: a) se elimine o reduzca significativamente alguna incongruencia en la medición o en el reconocimiento conocido como asimetría contable, b) un grupo de pasivos financieros o de activos financieros y pasivos financieros, se gestiona y su rendimiento se evalúa según la base del valor razonable.

Los cuatro casos especiales de pasivos financieros son:

  1. Los pasivos financieros que surjan por una transferencia de activos financieros – implicación continuada.
  2. Contratos de garantía financiera.
  3. Compromisos de concesión de un préstamo a una tasa de interés inferior a la de mercado.
  4. Contraprestación contingente reconocida por una adquirente en una combinación de negocios a la cual se aplica la NIIF 3.

La medición inicial de los activos y pasivos financieros es al valor razonable excepto para las cuentas por cobrar comerciales que se medirán según lo establece la NIIF 15.

Los costos de transacción en los activos financieros se suman y en los pasivos financieros se restan excepto en el caso de activos o pasivos financieros llevados a valor razonable con cambios en resultado del ejercicio en cuyos casos dichos costos de transacción se imputan a gastos.

Finalmente, los derivados financieros que no son utilizados en una contabilidad de cobertura[7] estarán en activos o pasivos financieros a valor razonable con cambios en resultados según corresponda.

 

Bibliografía

[1] Ver esquema de la clasificación de los activos financieros en el anexo

[2] Otros resultados integrales

[3] surge de la medición de los activos o pasivos o del reconocimiento de las ganancias y pérdidas de los mismos sobre bases diferentes.

[4] Ver esquema de la clasificación de los pasivos financieros en el anexo

[5] Representa una subcategoría dentro de la categoría de pasivos a valor razonable con cambios en resultados.

[6] La parte que se imputa a resultado del ejercicio se determina por diferencia, del total del cambio del valor razonable se le resta la parte del cambio del valor razonable atribuible al cambio del riesgo crediticio.

[7] La contabilidad de cobertura tiene otras directrices que no es parte de este artículo.

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