Auditoria Forense: Un enfoque preventivo

Richard Gómez Jiménez
Presidente Comisión Técnica Interamericana de Peritaje Contable y Auditoría Forense de la AIC.

 

Algunas escuelas del pensamiento forense sostienen que ante la determinación del “Principio jurídico de la verdad material” de un hecho fraudulento, corrupción y lavado de activos, el enfoque preventivo de una auditoría tipo forense converge en todo momento con el detectivo, como si de “siamés” se tratara, constituyendo tal criterio una mera verdad subjetiva.
El éxito de la ciencia médica radica en la aceptación de que no todos los procesos de una
investigación médica convergen a fin en un caso tratado. De ahí la existencia de un oncólogo especialista en cáncer uterino y oncólogo especialista en cáncer de mama. La auditoría forense no escapa al símil expuesto ya que la formación de un forense con énfasis en la prevención es distinta al formado en detección, “ojo” con eso.


Y es que la auditoría forense preventiva no sólo procura en primera línea identificar y enfrentar riesgos de fraude, corrupción y lavado de activos, sino que dispone de un proceso de atenuación sujeto a revisión por ser la conducta delictiva impactante y cambiante en su forma de materializarse.


En la misma existen controles preventivos en que las políticas, procedimientos, entrenamientos y actividades de comunicación se combinan entre sí, siendo primordial herramientas como el código de conducta, mantener estándares de contratación, promoción, monitoreo de auditoría interna, comunicando y difundiendo a la vez las medidas adoptadas.


El control detectivo “como actividad en lo preventivo” también dice presente, al identificar hechos perpetuados, siendo sus principales herramientas de apoyo el canal de denuncias, trabajo de auditoría interna, y revisión de datos transaccionales claves, sanciones disciplinarias, entre otras.


No es una auditoría forense para fines de tribunales donde las normas sustantivas de cada país constituyen la norma fuente o primaria que procura un proceso acusatorio el citado principio jurídico.


De lo anterior se arguye que la gerencia de la empresa es el principal impulsor de las políticas anti fraude, siendo su responsabilidad asegurar que los elementos de control transversales a la entidad funcionen adecuadamente respecto del riesgo de fraude, corrupción y lavado de activos.

 

En el continente europeo la praxis en materia de auditoría forense preventiva es que en cada entidad privada y pública exista dentro del Comité de Auditoría, la Gerencia y Auditoría Interna, teniendo como dependencia la Unidad de Auditoría Forense enfocada en la prevención. Tal es el caso del Banco del Reservas de la República Dominicana, el cual dispone de un departamento de auditoría forense dependiente de Auditoría Interna.


De lo antes indicado, se infiere que el enfoque preventivo tiene por norte el “principio de mitigación adecuada del riesgo de fraude, corrupción y lavado de activo” cuyo fundamento lo constituyen las normas de la profesión contable y auditoría interna, seguido de las normas sustantivas de cada país. Lo detectivo es “otra cosa”.

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