Asociación Interamericana de Contabilidad

Recomendaciones de auditoría forense antifraude, anticorrupción y antilavado para el sector público en…

Responsablemente, es en la persona del Contador Público en quien la comunidad latinoamericana e inclusive internacional deposita su confianza a la hora del manejo y salvaguarda de los fondos y recursos públicos. A nivel gubernamental estas funciones históricamente las han desempeñado mayormente contadores en posiciones de auditoría interna, contraloría y fiscalización, instancias por donde pasan todas las transacciones estatales y donde lastimosamente, excepto por pocos casos, han sabido o podido detectar a tiempo la ocurrencia de Fraude, Corrupción o Lavado de Dinero.

En un mundo donde la Corrupción es un virus de alta propagación, que no respeta distanciamiento, ni cuarentena, cual pandemia permanente,  al Contador del Sector Público se les ha hecho difícil prevenir, disuadir, regular, fiscalizar, detectar, investigar y aclarar la posible ocurrencia o no de los Flagelos de Fraude, Corrupción y/o Lavado de Dinero, debido a su subordinación jurídica y dependencia económica, aunado a nexos o favores políticos que en la mayoría de los casos los llevaron a alcanzar dicha posición, elementos que impiden verticalidad e imparcialidad en muchos casos.

Como sabemos, los estudiosos del tema, es la Auditoría Forense Antifraude, la nueva especialidad del Contador Público que atiende de manera integral la prevención, disuasión, control, cumplimiento regulatorio, manejo de riesgos, detección, investigación, descarte o confirmación de la posible ocurrencia de Fraude, Corrupción y/o Lavado de Dinero, que afecta a individuos, empresas y gobiernos, donde mediante un Informe de Auditoría Especial Forense o Programa Triple AAA (antifraude, anticorrupción y antilavado) pueden combatirse o prevenirse estos flagelos.

Ocurre que adicional a los aspectos y limitantes que tiene hoy día el Contador del Sector Público, las enseñanzas académicas completas, normas, guías y controles tradicionales que han formado históricamente al Contador Público, no convergen y han sucumbido a la hora de la prevención y combate contra estas enfermedades, que cual cáncer ya han hecho metástasis en los cuerpos estatales y particulares de la civilización de estos tiempos. Es por ello esencial el nuevo enfoque de Auditoría Forense Antifraude de manera que así puedan mitigarse los actos que afectan el erario público.

Meramente, nuestra recomendación consiste en que el Sector Público debe apoyarse profesionalmente en los especialistas en la materia, Auditores Forenses Antifraudes, que serían asignados a realizar una Auditoría Especial Forense Independiente sobre el Manejo de los Fondos y Recursos que lleven a cabo contratistas del estado en la proveeduría de productos, bienes, servicios y obras , cuyo resultado amparado con las evidencias puedan determinar si están libre de estos flagelos y en caso de haber hallazgos, describirlos, cuantificarlos y relacionar a las personas naturales y jurídicas.

En primer lugar, con respecto a ¿de dónde saldrían los fondos para pagar los honorarios profesionales y gastos relacionados con la realización de estas Auditorías Forenses Antifraude Independientes?; la respuesta sería, de un porcentaje sugerido de entre el 0.01% y el 1.0% aplicado (de acuerdo a una escala porcentual que iría en forma porcentual descendiente con forme al monto de contratación ascendente) del monto total de la contratación, y que sería descontado y retenido por el estado del monto a pagar al contratista en cada desembolso según lo contemple cada contratación.

Necesitamos en segundo lugar, preguntarnos quienes serían los Contadores Públicos idóneos especializados y/o certificados en temas de Auditoría Forense, Peritaje, Fraude, Corrupción, Lavado de Dinero, entre otros, que lideren, conduzcan el trabajo y firmen el Informe de Auditoría Especial Forense. Estos profesionales serían tomados de una lista consolidada ante un Consejo Directivo (o ente gremial unificado y/o con representación de todos los sectores profesionales agremiados en asociaciones, colegios, institutos e inclusive no agremiados y/o de la institución encargada de expedir las idoneidades).

De esta manera, la escogencia de esta lista de profesionales, que sean convocados anualmente, y que presenten, completen y se les compruebe sus credenciales, experiencia y práctica profesional, se asignaría de manera uniforme por competencias, disponibilidad y otros factores, inclusive al azar, a estos Auditores Forenses Independientes que podrían actuar a título personal o a través de sus firmas, y que recibirían el pago de sus honorarios y gastos de parte del Consejo Directivo, quien a su vez recibe el pago de parte de la retención que le hace el estado al contratista.

Además, en tercer lugar el resultado del trabajo se entrega en tres ejemplares a saber: Uno para la entidad contratante, otro para la Contraloría o Contraloría de Cuentas (cual fuese en cada país el máximo rector de fiscalización del estado, que usará como base de su examen) y otro queda en poder del Auditor Forense Antifraude, que podrá ser llamado para presentación resumida y consultas, ya que su participación en un proceso administrativo, civil o penal deberán ser previamente negociados y cubiertos, en cuanto a honorarios y gastos, de surgir, por la entidad del gobierno contratante directamente.

Con esto se logra lo siguiente: 1. Mayor Independencia y eliminación del Conflicto de Intereses, 2. Certeza de Rendición de Cuentas y Transparencia, 3. Develación de hallazgos por posibles actos que configuren Fraude, Corrupción y/o Lavado de Dinero (entre otros aquellos aspectos relacionados con sobreprecios, sobrecostos, tráfico de influencias, enriquecimiento injustificado, coimas, sobornos, extorsión, etc.), 4. Informe con evidencias para constituir prueba inicial de descarte o confirmación de presuntos flagelos, y 5. Apoyo a la gestión gubernamental, fiscalizadora e investigadora.

Inclusive con la aplicación de estas Recomendaciones Triple AAA, el compromiso y alta eficacia de su implementación ponderada, sería difícil por parte del GAFI, la OCDE, la UE u otras organizaciones, la inclusión del país que adopte y ponga en práctica estas recomendaciones, que son sencillas y viables, sin perjuicio para ninguna de las partes, en las famosas listas. La Auditoría Especial Forense Independiente contiene un índice, antecedentes, flujos de información, procedimientos generales y específicos, opinión del hallazgo técnico-científico, informe principal, notas, anexos y evidencias formalizadas.

Otro beneficio de estas Recomendaciones Triple AAA que constituirían un blindaje contra la inclusión en listas grises y negras es la mitigación de la corrupción rampante, que se encuentra en el pico más alto en esta Pandemia que confronta el mundo, y que en la mayoría de los países donde han surgido muchos cuestionamientos, las expectativas de la comunidad requieren con urgencia Auditoría Forense, con lo cual se envía un mensaje claro del compromiso estatal con el juego limpio, en la adjudicación y manejo de sus contrataciones públicas, a sus funcionarios, contratistas y ciudadanos.

Nada más simple en la implementación de estas recomendaciones, que adicionar a la Ley de Contrataciones Públicas en cada país, que establezca la deducción y descuento de entre el 0.01% al 1.0% del pago por parte del estado al contratista con la finalidad de sufragar los honorarios y gastos de las Auditorías Forenses que se realicen sobre las contrataciones y adquisiciones de productos, bienes, servicios y obras a partir de la suma de US$150,000.00 por ejemplo. Monto que será entregado al Consejo Directivo de Gremios de Contables para la asignación y pago al Auditor Forense escogido.

Ejemplo de la tabla porcentual podría ser así: En contrataciones de 150mil a 1millón 1.0%; de más de 1millón hasta 500millones 0.07%; de más de 500millones hasta 1,000millones 0.05%; y de más de 1,000millones 0.03%. Es preciso anotar que en la mayoría de las Auditoría Forenses Antifraude se requiere en el equipo de trabajo a otros profesionales y/o especialistas, tales como: Informático Forense y Abogado, entre otros. La escala sugerida podría ampliarse en mayores renglones para minimizar el impacto de pasar de un tramo a otro de la tabla con la finalidad que sea más nivelada o gradual.

Se obliga la Voluntad Política de los Gobernantes de turno, para analizar e implementar este compromiso para disminuir la Corrupción, ya que hablar de eliminar la Corrupción es algo imposible en este mundo actual. Los gobiernos pierden aproximadamente el 5% de sus Presupuestos Anuales en situaciones potencialmente acontecidas por Fraude, Corrupción y/o Lavado de Dinero. Por ejemplo, si un país tiene un Presupuesto Anual de Ingresos de US$30,000 millones, la pérdida potencial en manejos de fondos y recursos serían de unos US$1,500 millones.

De lo anterior, si traemos ese ejercicio a finales del año 2019, tenemos que el Presupuesto Anual de Ingresos Total Combinado de 23 países con una población de 652 millones en Latinoamérica (Argentina, Belice, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela) es de US$1,600 billones, lo cual ubica la posible ocurrencia de Fraude, Corrupción y/o Lavado de Dinero anual en un negocio ilícito de unos US$80 billones.

En resumen, estas recomendaciones y blindaje contra la inclusión en listas, sumamente práctica, conveniente y sencilla, no buscan demeritar, reemplazar, ni contravenir las funciones y facultades que los auditores internos, auditores de contraloría y de cuentas tienen en el engranaje gubernamental, sino apoyar, agilizar y nutrir de elementos y herramientas prácticas que con el nuevo enfoque de Auditoría Forense Antifraude Independiente, puedan realizar sus funciones con mayor eficacia y éxito profesional que redunde en beneficio del país y del uso y disposición correcta de sus fondos y recursos.

Al tomar en cuenta las experiencias de haber realizado varias Auditorías Forenses Antifraude Independientes en Latinoamérica, puedo compartir el hecho de que la oportunidad, realidad y efectivo audito que pueda llevarse a cabo por parte de los auditores gubernamentales de manera completa sobre el 100% de la adquisición de bienes, servicios y obras estatales, solo abarcarían un escaso 10% de ellas cada año.  Esto se debe al poco recurso humano, tecnológico y de acceso a actualizaciones que se le pone al alcance a los auditores internos y auditores de contraloría y de cuentas.

Una buena y completa Auditoría Forense Antifraude efectuada sobre un contratista del estado comprende un abanico de análisis forense, que comprenden desde la confección de pliegos o requisitos hasta la adjudicación y entrega o terminación de los servicios, bienes u obras contratadas. Lo primero es la definición de una Estrategia. La cual conforme al objeto de contratación incluye determinar inicialmente la posible ocurrencia de Fraude, Corrupción y/o Lavado de Dinero.  Muchos pasan por alto este paso medular y lo confunden con el siguiente paso que es la Planificación.

Destacamos que, para efectuar una buena Estrategia, es importante que el Auditor Forense Antifraude líder conozca o haya tenido experiencia en el objeto o actividad sujeta a su audito forense. Tal comprensión le permitirá definir una buena Estrategia. Seguidamente, la Planificación Base contempla todos los elementos que conllevan poder llevar a cabo esa Estrategia. Es habitual que la Planificación Base en una Auditoría Forense vaya cambiando conforme se vayan esclareciendo y/o encontrando hallazgos que determinen su modificación o ajuste.

Igualmente, el abogado e informático forense, deben estar presente junto al líder del equipo forense para asegurarse de ciertos detalles que permitan desempeñar un trabajo sin riesgos de invalidación de evidencias. La Estrategia junto a la Planificación de una Auditoría Forense Antifraude incluye una teoría inicial, conforme a las aristas y características que conozcan en el entorno de la entidad, el objeto de la contratación y el contratista. Lo cual nos dirige a definir inicialmente los procedimientos generales y específicos del trabajo.

Tales aspectos, como lo son, el acceso a los registros contables, transacciones, cuentas bancarias, informes, estados financieros, declaraciones de renta, archivos legales y regulatorios, estadísticas, documentos operacionales y administrativos del contratante, sus empresas subsidiarias, asociadas, afiliadas y relacionadas, entre otros, a nivel manual o computarizados, sin límites, deben ser objetivos en la realización del audito forense para poder esclarecer el manejo de fondos y recursos del estado mediante la contratación que se haya efectuado.

Oportunamente, cotizar en el mercado local e internacional, ciertos productos, bienes, servicios u obras hasta donde sea posible para obtener una idea general o específica, según las circunstancias, de que los precios convenidos han sido correctos tomando en cuenta su competencia, marca, calidad, especialidad, credenciales y ventajas competitivas y se encuentran libres de visos de sobreprecios o sobrecostos, debe ser uno de los objetivos iniciales. En algunos casos, inclusive en obras, debe trasladarse el escrutinio a subcontratistas para verificar los precios de materiales y mano de obra.

Recomendamos que si se trata de contratistas extranjeros manejen sus cuentas en un banco de la localidad y puedan sustentar con documentación veraz los gastos, cargos, transferencias y pagos que se realizan al extranjero, así como financiamientos que disponen, la fuente y el uso final de los mismos. La mezcla de dinero proveniente del estado con dinero proveniente presuntamente de un acto ilícito, puede representar una combinación difícil de despejar si no se tiene en cuenta las configuraciones de las tres etapas del Lavado de Dinero: Colocación, Estratificación e Integración.

Idealmente un contratista no debe tener ningún tipo de nexo o conflicto de intereses o relaciones cercanas familiares, políticas partidistas claves, comerciales, societarias, institucionales, con competidores en el mismo acto público inclusive, de manera directa o por conducto de otras personas con los funcionarios que tienen el poder de decisión de contratación, refrendo y pago, y que puedan representar un acto donde se esté favoreciendo a un contratista. Y si lo hubiere, debe dejarse claro por adelantado la explicación del porqué se procede cuando una de estas condiciones se presenta.

Ante todo, el Informe Principal de Auditoría Especial Forense debe contener una especie de Estado de Resultados de manera periódica y acumulada, conforme sea la naturaleza de la contratación, que muestre los ingresos, egresos y ganancia en la transacción gubernamental. Aparte de ello, pueden destacarse, si hubiere, presentaciones de hallazgos que se encuentren en su contexto directo o indirecto al tenor de dicho Estado de Resultados, ya fuese sobre cuentas reales, inclusive, las cuales pueden presentarse en Anexos y Notas que amarren con el informe Principal y sus detalles

Finalmente, deben adjuntarse todas las evidencias financieras, operativas y contables de las transacciones del Estado de Resultados y Anexos, con sus respectivos documentos que sustentan que todo ha acontecido de manera correcta o que respalden los hallazgos encontrados.  Estas deben ser presentadas de manera manual y digital en cuadernillos de 200 evidencias por cuadernillo o carpeta, para su mejor examen, análisis y comprensión de parte de los usuarios de la entidad contratante, de la Contraloría o de la Contraloría de Cuentas y del Ministerio Público si allá fuese a parar dicho Informe.

Otro aspecto importante de esta Recomendación de la Realización de Auditorías Forenses Antifraude, es que puede generar un acervo estadístico que luego le permita al estado definir los mejores precios o costos de bienes, servicios u obras de distintas naturaleza, al igual que llevar registro de los hallazgos que puedan permitir modificaciones futuras a la Ley de Contrataciones Públicas, así como observar la incidencia de casos de Fraude, Corrupción y/o Lavado de Dinero que fueran encontrados, llevados a la justicia y recuperados, según sea la porción correspondiente.

Relacionado a la posible recuperación de Fondos y Recursos mal habidos, éstos podrían utilizarse para aumentar, especializar y entrenar a los auditores gubernamentales; para proveerlos de herramientas y tecnología de carácter preventivos, defectivos, regulatorios e investigativos; así como también para establecer un fondo para el fortalecimiento institucional ejecutivo, fiscalizador y judicial que disminuya la curva o pico de Corrupción prevaleciente y en aumento en Latinoamérica mucho más con ocasión de la Pandemia actual.

En la empresa privada, el Fraude de Estados Financieros será el más popular debido a que las mismas sin generar ingresos (la mayoría) inflará ingresos y activos y ocultará deudas, costos y gastos. Seguido de apropiaciones indebidas de efectivo, fondos y recursos de las empresas por parte de colaboradores u otros. En tiempo de crisis las empresas suelen dar de baja a supervisores, auditores internos u otro personal de control, usualmente costoso, con la finalidad de operar al menor costo posible. Sin embargo, la medida es contraproducente y favorece el Fraude.

Necesariamente, hay que reconocer que las Redes Sociales y los Periodistas a nivel mundial, se han encargado de jugar en tiempo real, un rol importante en el aviso, observaciones, denuncias y suministros de datos que casi siempre están relacionados, con algún grado de certeza, en la develación de informaciones de actos o acciones gubernamentales con visos de Fraude, Corrupción y/o Lavado de Dinero en cuanto a los antecedentes y relaciones de los contratistas y funcionarios, contribuyendo de esta manera a la salvaguarda y/o adecentamiento de la cosa pública.

Sin embargo, si no asumimos con desprendimiento y unidad, nosotros los Contadores en cada país de Latinoamérica, y si no contamos con la voluntad política de nuestros gobernantes de turnos y aquellos que ostentan el poder de legislar,  demoraremos en lograr el crecimiento y desarrollo social y económico de nuestra región, perdiendo una gran oportunidad de resolver un problema que ha llegado a su punto máximo y que nuestra posición debe ser orientadora y enérgica en medio de este zozobra social-contable que contribuye con la pobreza, desigualdad, inequidad e impunidad.

Esta es una recomendación de una de las comisiones más importantes y nueva de la AIC, la Comisión de Peritaje y Auditoría Forense, llamada a jugar un papel esencial en la Lucha contra Fraude, Corrupción y/o Lavado de Dinero, que tiene a nuestra profesión contable bajo afectación, y que requerimos llenar las expectativas que la ciudadanía tiene de nosotros y del rol histórico que a través del tiempo hemos suplido a personas, empresas y gobiernos, con valor agregado. ¡Que nuestros esfuerzos unidos contra Fraude, Corrupción y Lavado de Dinero, surtan sus efectos en la sociedad, Bendiciones!

 


Dr. Juan Iván ROGERS HARPER, Ph.D., CIEMP, CACM, MBA, CICA, CPE, AFA, CAMS, FCPA, CFE, CPASocio Director Global de Rogers Forensic Auditors Group (RFA Group), primera red mundial de Auditores Forenses Antifraude creada en Panamá con oficinas en 15 países. Experiencia de 38 años como Contador, Auditor y Perito Contable, de los cuales, los últimos 21 años han sido dedicados a la Auditoria Forense Antifraude resolviendo complejos casos de alto perfil por más de US$750 Millones en Panamá y en extranjero.

Otros artículos

Estafa piramidal

Una estafa piramidal, también llamada esquema Ponzi, es un estilo de fraude que consiste en atraer inversionistas con la promesa de grandes dividendos por su...

Sepa más