Asociación Interamericana de Contabilidad

Norma Internacional de Auditoría para Auditorías de Estados Financieros de Entidades Menos Complejas

Luis Antonio Godoy – Comisión Técnica Interamericana Normas y Practicas de Auditoria

La Norma Internacional de Auditoría para Auditorías de Estados Financieros de Entidades Menos Complejas, conocida como ISA para LCE, se emitió con enfoque a las situaciones que se producen en las auditorias de empresas pequeñas y medianas con menor complejidad.

Está escrita para conjuntos de estados financieros de carácter general, pudiendo adaptarse para estados financieros de fines específicos, un solo estado financiero, o una auditoría de un solo estado financiero o de un elemento, cuenta o partida específica de un estado financiero, solo si la entidad es una EMC.

Se trata de una norma creada con características independiente para la auditoria integral de empresas de envergadura pequeña y menor complejidad , basada en Normas Internacionales de Auditoria, manteniendo el nivel de seguridad razonable.

La norma es efectiva para auditorías que comiencen a partir del 15 de diciembre de 2025 para jurisdicciones que adopten o permitan su uso.

En el año 2021 el IAASB publicó el Proposed International Standard on Auditing for Audits of Financial Statements of Less Complex Entities, ISA for LCEs, Propuesta de normas de auditoría para auditorías de estados financieros de entidades menos complejas, NIA para EMC.

Realizadas las consultas y analizadas sus respuestas, cumplido el proceso reglamentario, finalmente el IAASB publicó la norma el 6 de diciembre de 2023.

La creación de la norma tuvo en cuenta que ya se intentaba su creación en algunos países, con lo cual era posible que surgieran distintas normas que generarían diferencias en el tratamiento de auditorías del mismo tipo.

Se eligió la forma de una norma independiente de las NIA, aunque basada en ellas para emitir una opinión razonable, con la seguridad que brinda la aplicación de normas de calidad, las que se consideran de aplicación obligatoria. Esta norma parte de la premisa de que la firma está sujeta a la NICC 1 o a requerimientos nacionales que sean al menos igual de exigentes.

Al desarrollar la norma el IAASB deja sin tomar aquellos procedimientos de auditoría que no son necesarios para situaciones de baja complejidad.

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